domingo, 11 de noviembre de 2012

Articulo sexto de la constitucion politica de los estados unidos mexicanos.



ARTICULO SEXTO DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Plantea la libertad de expresion oral, garantiza la libre expresion de nuestras  ideas y que no seras perseguido por una autoridad judicial o administrativas, siempre que no se cometa un delito, se afecten los derechos de un tercero o se perturbe el orden publico. Asi como el estado garantiza el derecho a esta informacion.

La fracción primera, es el fundamento del Instituto Federal de acceso a la información, se fundamenta el derecho que tienes a que las autoridades te informen sus actuaciones. En la interpretacion de este derecho debera prevalecer el principio de maxima publicidad.

La fracción segunda, se refiere ala confidencialidad o reserva de nuestros datos privados. 

La fracción tercera,esta trata principalmente del acceso de la informacion publica por lo que toda persona tiene derecho al acceso gratuito de la informacion. Es otro fundamento constitucional de Instituto Federal de Acceso a la Información.
 
La fraccion cuarta, nos dice que se estableceran mecanismos de acceso a la informacion en relación a la inmediatez de las respuestas de la autoridad.

La fracción quinta, trata fundamentalmente de que todo sujeto obligado debera  publicar  toda la infonmacion completa por medios electronicos y de los ejercicios de los recursos publicos.

La fraccion sexta, es el fundamento constitucional de la declaración patrimonial.
Y por ultimo la fraccion septima el quebrantamiento o desobediencia  al derecho de la informacion de esta ley sera sancionada en terminos que fijen las  leyes.


 
  Los sujetos obligados deberán preservar sus documentos en archivos administrativos actualizados y publicarán a través de los medios electrónicos disponibles............


libertad de expresion.


 





martes, 6 de noviembre de 2012

ARTICULO 6 DE CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS


.- NOS HABLA DE LA  MANIFESTACION DE LAS IDEAS
 NO SERA OBJETO DE NINGUNA INQUISICION JUDICIAL O ADMINISTRATIVA,
 SINO EN EL CASO DE QUE ATAQUE A LA MORAL, LOS DERECHOS DE TERCERO, PROVOQUE ALGUN DELITO, O PERTURBE EL ORDEN PUBLICO; EL DERECHO DE REPLICA SERA EJERCIDO EN LOS TERMINOS DISPUESTOS POR LA LEY. EL DERECHO A LA INFORMACION SERA GARANTIZADO POR EL ESTADO.

EL DERECHO A LA EXPRESION  E INFORMACION SON DERECHOS FUNDAMENTALES  QUE TODA PERSONA POSEE A EXPREAR  LO QUE SIENTE  LO QUE PIENSA ASIMISMO A ATRAERSE INFORMACION  A INFORMAR Y SER INFORMADO . SIN INJERENCIA DE LOS ORGANOS DEL ESTADO  Y DE SUS AUTORIDADES