ARTICULO SEXTO DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
Plantea la libertad
de expresion oral, garantiza la libre expresion de nuestras ideas y que no seras perseguido por una
autoridad judicial o administrativas, siempre que no se cometa un delito, se
afecten los derechos de un tercero o se perturbe el orden publico. Asi como el
estado garantiza el derecho a esta informacion.
La fracción primera, es el fundamento del Instituto Federal de acceso
a la información, se fundamenta el derecho que tienes a que las autoridades te
informen sus actuaciones. En la interpretacion de este derecho
debera prevalecer el principio de maxima publicidad.
La fracción segunda, se refiere ala confidencialidad o reserva de nuestros datos
privados.
La fracción tercera,esta trata
principalmente del acceso de la informacion publica por lo que toda persona
tiene derecho al acceso gratuito de la informacion. Es otro fundamento
constitucional de Instituto Federal de Acceso a la Información.
La fraccion cuarta, nos dice que se
estableceran mecanismos de acceso a la informacion en relación a la inmediatez
de las respuestas de la autoridad.
La fracción quinta, trata fundamentalmente de que todo sujeto obligado
debera publicar toda la infonmacion completa por medios
electronicos y de los ejercicios de los recursos publicos.
La fraccion sexta, es el fundamento constitucional de la declaración
patrimonial.
Y por ultimo la fraccion septima el
quebrantamiento o desobediencia al
derecho de la informacion de esta ley sera sancionada en terminos que fijen las
leyes.
Los sujetos obligados deberán preservar sus documentos en archivos
administrativos actualizados y publicarán a través de los medios
electrónicos disponibles............
libertad de expresion.